Mayo 2006.
Conceptos como la responsabilidad social corporativa, pero también la
obligación legal de revertir parte de los beneficios a la sociedad
(caso de las Cajas de Ahorro) provoca que a lo largo del año se
oferten un importante número de ayudas, premios, etc. para proyectos de
cooperación al desarrollo, de acción cultural, medioambiental o social.
El primer semestre del año se convierte en una lluvia de convocatorias
a las que las entidades sociales se lanzan con desespero y aplicarse
así estrujando la imaginación, agudizando el ingenio y, sobretodo,
rellenando formularios (algunos ciertamente complejos) para exponer las
motivaciones de un proyecto con el que optar a una ayuda. Los
solicitantes podrán ser centenares. Los beneficiados unos pocos.
La falta de perspectiva y de conocimiento de la realidad a la que
pretenden ayudar por parte de la mayor parte de los departamentos de
obra social o equivalentes y consiguiente burocratización (como
excusa de transparencia) ha animado a estas entidades privadas a seguir
el “mal ejemplo” de las convocatorias de la mayor parte de las
administraciones. Entre las supuestas “aptitudes” de los solicitantes
está (a juzgar por la cantidad de papeleo cualquiera ajeno pensaría que
es lo más importante) su legalidad y cumplimiento de la normativa
fiscal, laboral y asociativa. Para ello se requiere la presentación
obligatoria de todo tipo de certificados y fotocopias de la
documentación legal de la entidad (estatutos, acta de creación,
memorias, etc, …) En una entidad de tamaño medio la documentación que
debe presentar (según lo burocrático de la convocatoria) pueden ser de
entre 30 y más de 100 papeles A4 fotocopiados.
Las entidades públicas y privadas que convocan las ayudas pues se han
convertido en verdaderas esquilmantes de los bosques, pero también de
derroche energético. Están destruyendo árboles por pura desidia y por
aquello de poner oficio. Para argumentar tanto papeleo advierten que de
esta forma se evita la picaresca de “entidades inexistentes o ilegales
o que incumplen con la legislación vigente”. Sin embargo, a la mayor
parte de los solicitantes no les concederán ayuda alguna y su
documentación se archivará o reciclará. Frente a esta realidad las
entidades bancarias, empresas, administración, etc. han optado por la
estrategia ambientalmente menos responsable. Se obliga pues a
fotocopiar e incluso compulsar documentación que no tendrá efecto
alguno para todos los no seleccionados y que supuestamente no se
utiliza para valorar los proyectos más allá de que “sea legal y
cumpla”. En el caso de las convocatorias de la administración el tema
es mucho peor puesto que la información que se recaba ya la tiene
alguna otra administración pero por descoordinación administrativa se
solicitan fotocopias y compulsas de todo.
En definitiva, centenares de kilos de papel que podrían ahorrarse
y que se acumula en archivos y que luego en el mejor de los casos se
reciclará destruido (por cuestiones de confidencialidad). Pero, no es
sólo un problema de papel y bosques, también debemos contabilizar la
energía y las emisiones derivadas de fotocopiar toda esta cantidad
ingente de papel (una fotocopiadora consume unos 950 Wh en operación).
Resulta irónico que una entidad oferte ayudas a proyectos ambientales del tipo:
v Dar a conocer ejemplos de actuación responsable con el medio ambiente
que sean reconocibles y asumibles por la sociedad y que puedan
funcionar como modelos a seguir.
v Conseguir la implicación y la motivación, no sólo de las entidades
públicas y privadas sin ánimo de lucro, sino también de las personas
particulares como motores del consumo responsable de recursos y la
conciencia medioambiental.
v Fomentar el respeto al Medioambiente e incentivar acciones a favor de
la conservación de la naturaleza y la biodiversidad y el fomento del
desarrollo sostenible,
para luego solicitar ni más ni menos que:
1. Formulario de solicitud en el modelo establecido por la entidad bancaria.
2. Fotocopia del N.I.F. del solicitante. Si actúa por delegación del
representante legal de la entidad, deberá aportar el poder notarial que
lo acredite.
3. Fotocopia del C.I.F. de la entidad solicitante.
4. Certificación del representante legal, en la que conste
identificación y fecha de su nombramiento, de los directivos, miembros
del Patronato, Consejo de Administración u Órgano de Gobierno
equivalente.
5. Copia de la escritura de constitución.
6. Copia de los estatutos debidamente legalizados.
7. Copia de la inscripción de la entidad en el registro correspondiente.
8. Copia de las resoluciones de las financiaciones del proyecto presentado.
9. Certificado de la Tesorería de la Seguridad Social, acreditando que el solicitante se encuentra al corriente de pago.
10. Certificado de la Delegación de la Agencia Tributaria, acreditando
que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones
fiscales.
Toda esta documentación (hay entidades de ahorro y bancarias o
administraciones que todavía añaden otras documentaciones más extensas
como Memorias contables, Memorias de actividades de los últimos años,
etc.) se puede simplificar con un solo papel.
La credibilidad de una información de curso legal por parte de los
solicitantes bastaría con UN SOLO PAPEL: una simple declaración del
responsable de la entidad. Una declaración de alguien que tiene un
cargo representativo tiene además el valor jurídico y su falseamiento
puede ser usado en los tribunales (aunque por ahora la tramitación es
lenta porque no se prevé legalmente que sea de otro modo, por esto
España es el paraíso de los cheques sin fondo).
Pero también bastaría la comprobación de la veracidad legal de una
entidad que afectara a los premiados. Si la entidad otorgante fuera más
sincera ambientalmente hablando le bastaría que un empleado de alguna
de las oficinas de la entidad bancaria diera fe de los originales de
legalidad y evitarse así fotocopias innecesarias, o sea gasto de papel
(ni que sea reciclado).
Todos callados por miedo
Ninguna entidad sin ánimo de lucro en su sano juicio se atreve a
cuestionar estos procedimientos establecidos aún cuando sean
ambientalmente denostables. Lógico. Nadie se atreve a molestar a
quien debe evaluarle un proyecto y ser misericordioso ayudándole.
Tampoco nadie se atreve con la administración dado que las represalias
podrían ser peores. Por desgracia nuestra sociedad es una en la que los
incentivos legales para el fomento privado de la cultura y otras
actividades de interés social es muy bajo (por lo que la Administración
sigue siendo el principal valedor de muchas entidades sin ánimo de
lucro). La Fundación Tierra ha lanzado algunas advertencias sobre el
despilfarro ambiental de tanto papel a directivos de entidades
bancarias y la propia administración. La excusa ha sido la seguridad.
La seguridad que el dinero no cae en una entidad ilegal o incluso
“terrorista”. Tampoco han defendido de forma razonable que sólo se
compruebe a las entidades ganadoras y que en caso de falsedad se
otorgue al siguiente en puntuación obtenida. En definitiva, que el
medio ambiente no puede anteponerse a la burocracia (algunos han dicho
que es un mal menor dada la cantidad de dinero que otorgan y los
beneficios sociales que se derivaran de la ayuda concedida).
Para la Fundación Tierra ha llegado quizás el momento de advertir
públicamente sobre esta problemática que mueve toneladas de papel
inútil y derrocha energía que contribuye al cambio climático (todo ello
sin contar que por razones de presentación se apliquen los aplicantes
en lo “estético” como baza para competir). Tampoco puede obviarse que
se empleen recursos no renovables como plásticos e ingentes cantidades
de recursos y energía (fotocopias o impresiones en color, etc.).
Bastaría un solo papel para ahorrar centenares
Es evidente que en cualquier concurso lo que debería valorarse es la
idea, su viabilidad, su transposición, etc. Sin embargo, la memoria de
la actuación puede ser como mucho en términos de recursos materiales un
10 % de lo exigido. La demostración de la legalidad del solicitante la
cual únicamente en el caso de concesión debería ser estrictamente
valorada se convierte en el grueso de la documentación a presentar.
En una sociedad preciada de “sostenible” como la nuestra claro, lo
válido debería ser que la propia administración en lugar de generar
todo tipo de certificados (de cumplimiento con lo fiscal, lo laboral,
etc.) simplemente estableciera un precepto legal por el cual en la
concesión de subvenciones el falseamiento de datos legales de la
entidad solicitante sea considerada por el código penal (que de hecho
implícitamente ya lo es) como punible pero sobretodo tramitable en
forma de “juicio rápido” y condenas severas (eso sucede en Estados
Unidos con la suplantación de personalidad si no se lleva identidad
encima).
Nadie que es responsable de una entidad sin ánimo de lucro y que
legalmente no obtiene beneficios directos de la actividad de la entidad
asociativa se atrevería a ir a la cárcel por la vía rápida por falsedad
en una declaración de veracidad sobre la documentación legal de la
entidad.
Sin embargo, mientras la administración, el gobierno en general no sea
consecuente (para que luego nos apabullen con anuncios de protección
del medio ambiente “Total, por un poco”) las entidades privadas
que disponen de un mayor dinamismo gestor deberían ser las primeras de
iniciar una cruzada contra la burocracia derrochadora de las bases de
concursos de ayudas que obligan a presentar decenas de fotocopias
innecesarias para las miles de solicitudes que generan y de las que
sólo en un pequeñísimo porcentaje se convertirán en una obligación
contractual entre el adjudicatario y quien otorga la ayuda económica.
Un mejor ambiente, un desarrollo sostenible veraz es incompatible con
el derroche que supone la actual normativa y de procedimientos para
optar a una ayuda por parte de las ONG. Las Cajas de Ahorro deberían
dar ejemplo y exigir menos papeles innecesarios en las convocatorias de
premios y ayudas a proyectos ambientales, sociales o culturales.
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